lunes, 17 de marzo de 2008

Residencia en Aruba




La DIMAS
La Dirección de la Política, Admisión e Integración de Extranjeros (DIMAS) es la autoridad gubernamental en Aruba, encargada con la admisión y residencia de extranjeros. La DIMAS es un departamento del Ministerio de Salud, Medio Ambiente, Asuntos Administrativos y de Extranjeros. Uno de las tareas principales de la DIMAS es la admisión y la supervisión de la estancia de extranjeros en Aruba. Parte de esta tarea es la expedición de permisos de residencia en nombre del Ministro de Salud, Medio Ambiente, Asuntos Administrativos y de Extranjeros.
Si usted esta interesado en vivir y trabajar en Aruba, puede leer siguientemente si necesita un permiso de residencia, cual es la política de admisión actual, los requisitos, y cuales son los procedimientos para presentar una solicitud.
¿Cuándo se necesita un permiso de residencia para establecerse en Aruba? Una persona necesita un permiso de residencia para vivir en Aruba si no es pertenece a una de las categorías mencionadas en los artículos 1 y 3 de la LAE.
Según el articulo 1de la LAE, las personas mencionadas en este articulo no requieren admisión a Aruba:
Ciudadanos holandeses nacidos o naturalizados en Aruba.
Ciudadanos holandeses quienes han sido residentes de Aruba sin interrupción desde el 1º de Enero de 1986.
Ciudadanos holandeses nacidos como tal fuera de Aruba, de quien por lo menos uno de los padres pertenece, o en caso de su fallecimiento, pertenecía antes de fallecer a uno de las 2 primeras categorías.
Según el artículo 3 de la LAE, las siguientes personas tienen admisión de pleno derecho a Aruba, y no requieren un permiso de residencia:
Personas que están en el servicio de uno de los países del Reino Holandés o de un país o organización internacional indicado por decreto estatal.
Las personas que han estado en el servicio de Aruba o antes del 1º de enero de 1986 estaban en el servicio de las Antillas Holandesas o la isla de Aruba y de tal servicio reciben una pensión o un beneficio como pensión, y las viudas de tales personas que no se han vuelto ha casar.
Cónsules, oficiales y personal de los consulados.
Personal militar, para la duración del período que han sido destinado en Aruba.
Miembros de la tripulación de naves de las fuerzas navales o aéreas, para la duración de su visita a Aruba con la autorización de la autoridad competente.
Ciudadanos holandeses que han sido admitidos a Aruba por mas de 5 años sin interrupción con permiso de residencia o de pleno derecho.
Con la excepción de estas personas, nadie puede establecerse en Aruba sin un permiso de residencia temporal o permanente.
Trabajar en Aruba
Una persona con requisito de permiso (con excepción de ciudadanos holandeses), que ha recibido un permiso de residencia y trabajo temporal, lo recibe para trabajar en una función especifico con un cierto patrón. El permiso de residencia y trabajo temporal tiene una duración de un año y debe ser renovado anualmente. Según la LAE, una persona con requisito de permiso se puede quedar en Aruba por un periodo total máximo de tres años. Esto no quiere decir que el/ella recibirá automáticamente desde el primer instante un permiso por tres años, sino que se podrá solicitar nada mas 2 veces la renovación del permiso de residencia y trabajo temporal. Después del periodo máximo de tres años, la persona con requisito de permiso deberá abandonar la isla y no podrá solicitar un permiso de residencia y trabajo por los siguientes 3 años. Una persona con requisito de permiso no puede solicitar independientemente un permiso de residencia y trabajo temporal. Para hacer estos se requiere un patrón con admisión legal a Aruba, quien saldrá garante para su admisión y residencia en Aruba.
El otorgamiento de un permiso de residencia y trabajo temporal depende en mayor parte del espacio en el mercado laboral local. El Departamento de Labor e Investigaciones (DAO) evaluará la solicitud a base del mercado laboral y dará su decisión sobre esto a la DIMAS. Solamente si se ha demostrado que no se ha podido encontrar un empleado local para el puesto concernido, el DAO dará un consejo positivo. Sin embargo, esto es solamente una de las condiciones para la expedición de un permiso de residencia y trabajo temporal.
La persona con requisito de permiso que desea vivir en Aruba tiene que cumplir con ciertas condiciones. En general el solicitante para un permiso de residencia y trabajo temporal debe tener, además de disponer de un patrón en Aruba quien desea salir garante por él, también un pasaporte valido, ningunos antecedentes penales, alojamiento adecuado durante su estancia en Aruba, y poder entregar todos los documentos requeridos.
Según la LAE y la política de admisión actual, no se permite reunificación familiar para un empleado con requisito de permiso. No se permite ninguna admisión automática de familiares.
¿Cómo y quién tiene que presentar la solicitud? La solicitud de un permiso de residencia y trabajo temporal se hace rellenando una hoja de solicitud y sometiendo esta junto con los documentos requeridos a la DIMAS. La persona con requisito de permiso no es permitido estar y o trabajar en Aruba mientras que espera la decisión sobre su solicitud. Él o ella debe permanecer en el exterior por la duración del tramite de su primer solicitud.
Según la LAE, el solicitante (persona con requisito de permiso) tiene que presentar la solicitud para el permiso de residencia personalmente.
Visto que en la mayoría de los casos de una primera solicitud, la persona con requisito de permiso se encuentra en el exterior y no puede presentar la solicitud personalmente, el futuro patrón puede presentar la primera solicitud del permiso con todos los documentos necesarios, en nombre del empleado con requisito de permiso.
La renovación anual del permiso de residencia y (o) trabajo temporal se debe hacer personalmente por el residente con requisito de permiso de residencia, y tiene que ser presentada por lo menos tres meses antes de la fecha de vencimiento del permiso.
¿Cuánto cuesta un permiso de residencia y trabajo temporal? Para presentar una primera solicitud para un permiso de residencia temporal, el solicitante tiene que pagar una suma administrativa (leges) de Afl. 65. La retribución (retributie) para un permiso de residencia y trabajo temporal es de Afl. 1200.
En la tabla siguiente usted puede ver los gastos para cada uno de los ‘servicios’ que ofrece la DIMAS.


El procedimento de solicitud
El procedimiento siguiente para la entrega de un solicitud, es igual para todos los servicios de la DIMAS, no mas que en este instante el enfoque es en la solicitud de un permiso de residencia y trabajo temporal. Para presentar una solicitud, el solicitante tiene que seguir los siguientes pasos:
Buscar y llenar la hoja de solicitud de la DIMAS.
Buscar y llenar la lista de control (checklist) para un permiso de residencia y trabajo temporal. La lista de control funge también como el orden de pago para los gastos del permiso, y como comprobante que la solicitud fue presentada.
La hoja de solicitud y las listas de requisitos se pueden obtener en la oficina de la DIMAS, o se pueden bajar en este sitio web.
Asegurarse de que todos los documentos requeridos estén presentes.
Pagar los gastos concernidos: acudir al Servicio de Impuestos (SIA), con la hoja de solicitud y la lista de control, para cumplir con los pagos del permiso.
Desde el 1º de enero de 2007, todos los gastos relacionados con los servicios de la DIMAS (permiso de residencia, carta de reingreso, carta de garantía para un visado) deben ser pagado antes de presentar la solicitud.
En el caso de una primera solicitud, nada mas tiene que pagar la suma administrativa de Afl.65,-. Si la solicitud es aprobada, entonces tendrá que pagar la retribución para el permiso de residencia y trabajo temporal de Afl. 1200.
En el caso de la renovación de un permiso, el solicitante tiene que pagar por adelantado la suma administrativa de Afl. 40 para la renovación del permiso, y también la suma de Afl. 600 para el permiso mismo. Si después de la tramitación de la solicitud resulte que esta ha sido denegada, entonces el solicitante podrá reclamar restitución de la suma de Afl.600. Esto se puede hacer rellenando un formulario para restitución que se puede obtener en la oficina de la DIMAS.
Presentar la solicitud en la DIMAS:
Concertar una cita: después que el solicitante haya pagado los gastos concernidos y que se ha asegurado de que tenga todos los documentos requeridos, puede llamar a la línea de cita para concertar una cita.
El numero telefónico de la línea de cita es 522-1502, y está disponible de lunes a jueves entre las 8 de la mañana hasta el 12 del medio día.
Solamente el solicitante (con requisito de permiso) puede presentar su solicitud. Solamente si se trata de una primera solicitud, el patrón garante podrá presentar la solicitud para el empleado con requisito de permiso.
Presentarse en la cita: antes de presentarse en la cita, se le aconseja al solicitante (o el patrón) que saque dos copias del paquete completo de documentos, un paquete para la DIMAS, y el otro para sí mismo. Al presentar los documentos tiene que ponerlos en la secuencia en la que aparecen en la lista de control. Esto facilitará un mejor control para el solicitante y la DIMAS, para así asegurarse que no falta ningún documento.
Es muy importante que la solicitud esta completa, porque sin todos los documentos requeridos la DIMAS no puede tramitar la solicitud. Pues no se aceptan solicitudes incompletas. Si el solicitante así mismo insista en entregar la solicitud, tendrá que firmar una declaración en la lista de control que esto fue su propia decisión. La consecuencia de entregar una solicitud incompleta, es que automáticamente será rechazada porque no cumple con todos los requisitos.
El solicitante debe poner todos los documentos originales en un sobre o una carpeta y presentarlos en la cita para su verificación, por ejemplo una partida de nacimiento original. Después de la cita, el solicitante se queda con los originales.
Se tiene que guardar una copia de la lista de control, dado que esta funge también como la prueba que la solicitud fue presentada. En la cita, el funcionario de la DIMAS estampillará la copia de los documentos del solicitante como prueba que fueron presentados.
El solicitante debe estar presente en la hora y la fecha acordada de la cita! Si por algún motivo no le es posible estar presente, tiene que llamar a la DIMAS para cancelar la cita. Puede hacer esto al llamar el numero telefónico general de la DIMAS, el 5221500, y informar a la telefonista de la DIMAS que no puede atender su cita.

La evaluación de la solicitud
Después de que la solicitud haya sido presentado, la DIMAS y el DAO evaluarán la solicitud. La DIMAS enviará los documentos concernidos al DAO para su consejo laboral, y evaluará los demás documentos para verificar si cumplen con los requisitos. Al recibir el consejo del DAO, la DIMAS continuará su evaluación y tomará una decisión sobre la solicitud.
El plazo de tramitación de una solicitud
El plazo de tramitación de una solicitud depende del tipo de solicitud. Algunos de los servicios de la DIMAS se pueden obtener por ejemplo dentro de un día, como la carta de reingreso.
En el caso de una solicitud para un permiso de residencia y trabajo temporal, el plazo de tramitación es un máximo de 12 semanas. La LAE le da la posibilidad a la DIMAS de alargar este plazo con un máximo de 12 semanas adicionales. Si se decida utilizar esta posibilidad, la DIMAS informará al solicitante de esto por escrito.
Una solicitud aprobada
Si la solicitud fue aprobada, la DIMAS informará al solicitante o el patrón garante sobre esto por medio de un carta. El solicitante (patrón) entonces será informado que puede pasar a buscar una carta de Admisión Temporal a Aruba (ATAA), y también que tendrá que pagar la suma de deposito concernido. Al recibir la ATAA, el patrón tendrá que enviarla al empleado con requisito de permiso en el exterior. Con la ATAA el solicitante podrá viajar y entrar a Aruba. Dentro de los 10 días tras su llegada a Aruba, el solicitante deberá presentarse en la DIMAS para cumplir con los últimos requisitos de la solicitud, y así recibir su permiso de residencia y trabajo temporal. El permiso de residencia y trabajo temporal es valido por un año y tendrá que ser renovada anualmente. La solicitud para la renovación del permiso tiene que ser presentada en la DIMAS, por lo menos tres meses antes de su vencimiento.
Una solicitud rechazada
Si la solicitud fue rechazada, la DIMAS informará al solicitante o el patrón sobre esto por medio de una carta (disposición negativa). Si el solicitante no está de acuerdo con el rechazo de su solicitud, tiene el derecho de presentar una reclamación con el secretariado del “Bezwaaradviescommissie” LAR, dentro de 6 semanas tras la fecha de la disposición, en la cual pide reconsideración de la decisión. Para recibir mas información tocante el procedimiento para presentar una reclamación, puede comunicarse con: Secretariado del “Bezwaaradviescommissie” LAR, Vondellaan 21-B, tel. 588-9179 o 588-9281, fax 588-9069, email: seclar@setarnet.aw.

Documentos requeridos
Siguientemente se puede leer cuales son los documentos que tienen que ser presentados para la primera solicitud de un permiso de residencia y trabajo temporal, y para la renovación del tal permiso. La secuencia de los documentos en las listas siguientes es igual a la secuencia en las listas de control concernidos. Esto es solamente una traducción en español de las listas de control. Para presentar la solicitud se tiene que utilizar y entregar la lista original de la DIMAS. (A) Primera solicitud – permiso de residencia y trabajo temporal (EA tijdelijk verblijf met werk):
La lista de control (checklist) de dos caras original de la DIMAS completamente llenada, que también funge como recibo, provisto de una estampilla del Servicio de Impuestos de Aruba (más dos copias de dos caras).
El recibo original del Servicio de Impuestos de Aruba de Afl. 65,-.
Copia del recibo del Servicio de Impuestos de Aruba de Afl. 1200,- (presentar el original para su examen).
Una hoja de solicitud original de dos caras de la DIMAS, firmado por el garante (patrón) y el solicitante (mas dos copias de dos caras).
3 Fotos tamaño carné, grapados en la hoja de solicitud (más una foto en el contrato de trabajo).
Copia del pasaporte valido completo del solicitante.
Un certificado original de buena conducta, no mas viejo que 90 días. Ciudadanos Colombianos tienen que presentar un carné DAS (pasado judicial) extendido en Bogota. Provistos de una legalización con estampilla de la Embajada del Reino Holandés o una apostilla (no aplicable para miembros del Reino que son menores de edad y niños menores de 12 años de edad).
Copia de dos caras de la partida original de nacimiento, provisto de una legalización con estampilla de la Embajada del Reino Holandés o una apostilla (presentar el original para su examen).
Copia de dos caras de la cedula valida o de la primera hoja del pasaporte del garante.
Copia de la partida de inscripción en la Cámara de Comercio e Industria de Aruba provisto de una estampilla, no mas viejo que 3 meses.
Si se trata de un garante con un permiso de residencia temporal, de residencia permanente, o con una constancia: copia de su titulo de estadía y copia del recibo (presentar el original para su examen).
Extracto original del Registro Civil de Afl.5,-, del garante (no mas viejo que 3 meses).
PRESENTAR EN LA DIMAS PARA OBTENER UN CONSEJO DEL DAO:
Copia del contrato de trabajo en un idioma entendido y o hablado por el empleado (papiamento, holandés, ingles o español), con una foto de tamaño carné pegada en la esquina arriba derecha.
Una copia del Currículum Vitae (currículo) del solicitante, y también copias de diplomas relevantes y certificados como pruebas de competencia.
Una copia de la primera hoja del pasaporte valido.
Copia de la confirmación del pedido en la sección de intermediación de la Dirección de Labor e Investigación (no mas viejo que 3 meses).
Copia de la partida de inscripción en la Cámara de Comercio e Industria de Aruba provisto de una estampilla, no mas viejo que 3 meses.
Copia de la planificación del personal valido (manpower planning) para el 2007.
Copia del permiso de establecimiento de la S.A.
Copia de la licencia administrativa (solamente si el dirigente no nació en Aruba).
Copia del documento de identidad valido del patrón (pasaporte o cedula).
Si se trata de un garante con un permiso de residencia temporal, de residencia permanente, o con una constancia: copia de su titulo de estadía y copia del recibo (presentar el original para su examen).
Declaración del comportamiento de pago del patrón, obtenible en el Servicio de Impuestos de Aruba (no mas viejo que seis meses).
Al entregar la petición por medio de una persona o empresa autorizada (servicio de mensajeros), el o ella tiene que estar oficialmente registrado con la DIMAS conforme procedimiento.
AL RICIBIR EL DOCUMENTO DE ADMISIÓN TEMPORARIO A ARUBA (ATAA)
Copia del recibo del Servicio de Impuestos de Aruba del deposito (la suma depende del país de procedencia) (presentar el original para su examen).
DESPUÉS DE LA ENTREGA DEL DOCUMENTO DE ATAA (DENTRO DE LOS 10 DIAS TRAS LA LLEGADA EN ARUBA):
Documento original de ATAA provisto de una estampilla del IASA (servicio de inmigración).
Los resultados de los siguiente exámenes médicos hechos en el “Landslaboratorium Aruba” (laboratorio nacional): VDRL, VIH (con excepción de niños menores de 11 años de edad), Y Hepatitis-B;
Certificado medico (con excepción de niños menores de 17 años) de un médico de cabecera en Aruba (no mas viejo que 10 días).
(B) Renovación / cambio de un permiso de residencia y trabajo temporal (verlenging/wijziging tijdelijk verblijf met werk):
La lista de control (checklist) de dos caras original de la DIMAS completamente llenada, que también funge como recibo, provisto de una estampilla del Servicio de Impuestos de Aruba (más dos copias de dos caras).
El recibo original del Servicio de Impuestos de Aruba de Afl. 40,-.
Copia del recibo del Servicio de Impuestos de Aruba de Afl. 600,- (presentar el original para su examen).
Una hoja de solicitud original de dos caras de la DIMAS, firmado por el garante (patrón) y el solicitante (mas dos copias de dos caras).
3 Fotos tamaño carné, grapados en la hoja de solicitud.
Extracto original del Registro Civil de Afl.5,-, del solicitante (no mas viejo que 3 meses).
Copia del ultimo permiso del solicitante.
Copia del pasaporte valido completo del solicitante.
Copia del recibo del Servicio de Impuestos de Aruba del deposito.
Copia de la partida de inscripción en la Cámara de Comercio e Industria de Aruba del garante, provisto de una estampilla, no mas viejo que 3 meses.
Copia de dos caras de la cedula valida o de la primera hoja del pasaporte del garante.
Si se trata de un garante con un permiso de residencia temporal, de residencia permanente, o con una constancia: copia de su titulo de estadía y copia del recibo (presentar el original para su examen).
Extracto original del Registro Civil de Afl.5,-, del garante (no mas viejo que 3 meses).
Al entregar la petición por medio de una persona o empresa autorizada (servicio de mensajeros), el o ella tiene que estar oficialmente registrado con la DIMAS conforme procedimiento.
ENTREGAR EN LA DIMAS PARA OBTENER UN CONSEJO DEL DAO:
Copia del contrato de trabajo en un idioma entendido y o hablado por el empleado (papiamento, holandés, ingles o español), con una foto de tamaño carné pegada en la esquina arriba derecha.
Una copia del Currículum Vitae (currículo) del solicitante, y también copias de diplomas relevantes y certificados como pruebas de competencia.
Una copia de la primera hoja del pasaporte valido (con la foto y los datos personales).
Copia de la confirmación del pedido en la sección de intermediación de la Dirección de Labor e Investigación (no mas viejo que 3 meses).
Copia de la partida de inscripción en la Cámara de Comercio e Industria de Aruba provisto de una estampilla, no mas viejo que 3 meses.
Copia de la planificación del personal valido (manpower planning) para el 2007.
Copia del permiso de establecimiento de la S.A.
Copia de la licencia administrativa (solamente si el dirigente no nació en Aruba).
Copia del documento de identidad valido del patrón (pasaporte o cedula).
Si se trata de un garante con un permiso de residencia temporal, de residencia permanente, o con una constancia: copia de su titulo de estadía y copia del recibo (presentar el original para su examen).
Declaración del comportamiento de pago del patrón, obtenible en el Servicio de Impuestos de Aruba (no mas viejo que seis meses).
Copias de las hojas saláriales del solicitante (empleado) de los últimos 3 meses.
Copia del ultimo permiso de estadía y trabajo (si es aplicable).
EN CASO DE CAMBIO DE PATRON Y/O FUNCION:
Copia de la carta de despedido o certificado de trabajo (provisto de la razón del despedido, fechada y con estampilla del Departamento de Labor e Investigación).

6 comentarios:

Unknown dijo...

Buenos dias me dirijo a ustedes con el fin de saver y cuando una persona tiene un recibo de pago para permiso rechasado ustedes le asen un reembolso del dinero o no se le vence ese recibo de pago me urge saber gracias

Unknown dijo...

Buenos dias me dirijo a ustedes con el fin de saver y cuando una persona tiene un recibo de pago para permiso rechasado ustedes le asen un reembolso del dinero o no se le vence ese recibo de pago me urge saber gracias

Unknown dijo...

Buenos días, soy de Argentina y me encuentro próximo a resibirme y estoy evaluando migrar a Aruba, por que estuve de vacaciones y me encantó. Mi pregunta sería si hay mercado laboral para los informáticos o si existe la posibilidad de que uno pueda fundar su propio negocio allá?

Rent-A-House Aruba dijo...

Excelente post, muy completo.
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Unknown dijo...

A esto le llaman emigrar sin traumas? Que papelerío tan pelotudo para poder trabajar..!

Nancy Gomez dijo...

Soy lic en relaciones industriales y abogada quiero emigrar a aruba podre encontrar trabajo en esta isla feliz soy de venezuela.